Capítulo 21 - La Sala Tercera del Tribunal de Estrasburgo

Después de dos años y exactamente 10 febrero de 2005, el Tribunal del Tercer Circuito notificó a la negativa para usar el dispositivo, que creo que debe llevar:

Estrasburgo, 10 de febrero 2005
Muy señor mío:
Le informo que el 4 de febrero de 2005, el Tribunal Europeo de Derechos Humanos, en la sala del consejo por un comité compuesto por tres jueces (L.Caflisch, Presidente, y David Thor Björgvinsson M.Tsatsa-Nikolovska), bajo la combinación de artículos 27 y 28 de la Convención, declarada inadmisible el recurso de casación, lo que no se cumplen las condiciones establecidas en los artículos 34 o 35 de la Convención.
Teniendo en cuenta toda la evidencia disponible, y dentro de su jurisdicción en las circunstancias descritas, el Tribunal no encontró una clara violación de los derechos y libertades garantizados por la Convención y sus Protocolos.
La decisión del Tribunal es definitiva y no puede ser revisada ante la Corte, incluyendo la Gran Sala, o de otros órganos. El Tribunal de la Cancillería no va a ser capaz de suministrar más detalles sobre los acuerdos adoptados por el Comité, ni de responder a todas las cartas que puede enviar con respecto a la resolución dictada en esta acción. Usted no recibirá los documentos adicionales de la Corte en relación con esta decisión y de conformidad con las directivas de la Corte, el archivo será destruido el plazo de un año a partir de la fecha de envío de esta carta.
Esta publicación se realiza en virtud del artículo 2 del Reglamento de la Corte 53s.
Saludos cordiales.

Para el Comité
El Dr. Vicente Berger
Canciller de la Cámara